ARGENTINA
Febrero 12, 2026
El pasado 5 de febrero de 2026, Argentina y Estados Unidos firmaron el Acuerdo de Comercio e Inversión Recíprocos con el propósito de promover el crecimiento económico y la cooperación de estos países a largo plazo.
Además de establecer la reducción de aranceles y la apertura de los mercados para ambos países, mediante este acuerdo Argentina asume compromisos para fortalecer, modernizar y alinear su marco de protección de la Propiedad Intelectual con los estándares internacionales. Entre los compromisos asumidos por Argentina, destacan:
1 - Ingreso de Argentina al PCT: uno de los principales compromisos asumidos es la adhesión de Argentina al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT). El tratado deberá ingresar al Congreso Nacional antes del 30 de abril de 2026 para su consideración y ratificación.
2 - Derogación de las pautas restrictivas para el estudio de patentes: a fin de mejorar la protección de las patentes, se derogarán las normas que establecen las pautas restrictivas para el estudio de las invenciones farmacéuticas (Resolución Conjunta Nº 118/2012, Nº 546/2012 y Nº 107/2012) y de las invenciones biotecnológicas (Resolución Nº 283/2015).
3 - Aceleración de los trámites para obtención de patentes: Argentina se compromete a reducir significativamente los tiempos de estudio de las solicitudes de patentes, incluyendo aquellas referidas a invenciones biotecnológicas y farmacéuticas.
4 - Agilización de trámites para obtener autorización regulatoria: Argentina aceptará los certificados emitidos por la FDA y las aprobaciones previas de Estados Unidos para productos farmacéuticos y dispositivos médicos de bajo riesgo, lo cual agilizará los trámites ante la autoridad regulatoria.
5 - Protección de datos regulatorios: se analizará la posibilidad de implementar un régimen de protección de datos conforme a los Artículos 20.45 y 20.48 del Acuerdo Estados Unidos–México–Canadá.
6 - Medidas contra infracciones: se deberán promulgar normas que contemplen acciones civiles eficaces, incluidas medidas cautelares, contra la piratería y la falsificación, fortaleciendo las medidas de control tanto en entornos físicos como digitales.
7 - Adhesión a otros Tratados Internacionales de Propiedad Intelectual: otro aspecto a destacar es el compromiso de Argentina de adherir a diversos tratados internacionales sobre Propiedad Intelectual, los cuales se deberán presentar ante el Congreso Nacional antes de fines de 2027 para su consideración y ratificación:
- Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los Fines del Procedimiento en materia de Patentes;
- Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales;
- Protocolo relativo al Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas;
- Tratado de Ginebra sobre el Derecho de Patentes;
- Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas; y
- Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV 1991).
Este acuerdo debe ser enviado al Congreso Nacional para su aprobación.
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